“Jornada Informativa y Mesa Redonda sobre la Certificación Energética de los Edificios Existentes” en el COIICO

El pasado Jueves 13 de Junio de 2013, tuvo lugar en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias Oriental (COIICO) la “Jornada Informativa y Mesa Redonda sobre la Certificación Energética de los Edificios Existentes”.
Los organizadores de la jornada fueron el Colegio de Ingenieros en coordinación con el Servicio de Eficiencia Energética y Nuevas Energías de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.
A la vista de la publicación del nuevo Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios, y dada la obligatoriedad de estar en posesión del certificado de eficiencia energética convenientemente registrado, en la construcción, venta o alquiler de edificios o unidades de éstos, el Servicio de Eficiencia Energética y Nuevas Energías junto con el Colegio han promovido esta jornada, con el fin de aclarar las dudas que pueda suscitar, por parte de los ingenieros industriales, la práctica de esta nueva reglamentación, así como de informar del funcionamiento del registro telemático de certificados de eficiencia energética existente en esta comunidad autónoma.

escudo COIICOLa primera ponencia corrió a cargo de D. Francisco Espino González quién realizó una completa exposición sobre:
- Los marcos legislativos en los que se definen los certificados de eficiencia energética, a saber, el famoso real decreto 235/2013 de la legislación nacional y el decreto 12/2013 de la autonómica. El real decreto 235/2013 engloba la certificación de eficiencia energética de edificios nuevo y existentes, derogando de esta forma el antiguo real decreto 47/2007 que tan solo recogía la certificación de edificios existentes.

- Los programas CE3 y CE3x para el método simplificado y Calener VYP/GT para el método general.

- Se recordaron las titulaciones válidas para ser reconocido como técnico competente. En esto último el ponente dejo como indiscutible la competencia de los ingenieros industriales puesto que como reza el decreto, es competente el técnico que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas. Si bien los ingenieros no tienen competencia en viviendas, sí la tienen en instalaciones térmicas de dichas viviendas. En cambio el ponente no quiso pronunciarse con claridad en cuanto a competencia de otras titulaciones tales como ingenieros civiles o de telecomunicaciones.

- Exclusiones que establece el real decreto 235/2013. La mayoría de las exclusiones son de por sí suficientemente claras y no precisan de expliación como es el los edificios protegidos, los lugares de culto, y las construcciones provisionales. En cambio, otras exclusiones han dado mucho de hablar entre los profesionales. El ponente expuso a modo de ejemplo imágenes de naves industriales que por contener zonas de oficinas o administrativas no entran en su conjunto dentro de las exclusiones del real decreto. En efecto el decreto excluye solamente las partes destinadas a talleres,  procesos industriales, de defensa o agrícolas, no las zonas de oficinas. Otra exclusión polémica es la de edificios cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año. Mucho propietarios entienden que en principio las viviendas que se alquilen temporalmente por un periodo inferior a 4 meses al año estarían dentro de dicha exclusión. Nada mas lejos de la realidad según el ponente: si durante el periodo en el que una vivienda no está alquilada, se encuentra a disposición de sus propietarios, su uso no varia y sigue siendo el mismo por un periodo superior a 4 meses haciendo obligatorio el certificado de eficiencia energética. La exclusión que mas discusión suscitó es la que se refiere a edificios aislados cuya superficie útil total no supere los 50 m2. El ponente explicó que se ha realizado una consulta al órgano legislador sobre el significado de “aislado” encontrándose con la sorprendente respuesta de que aislado significa “sin conexión de suministro de agua, luz etc. como lo sería una caseta en el campo”. Es decir, el número de inmuebles que pueden acogerse a esta exclusión es muy limitado.

Esto unido a al comentario anterior sobre los edificios cuyo uso sea inferior a 4 meses tiene una consecuencia de enorme importancia para las edificaciones en Gran Canaria, y es que los típicos apartamentos y bungalows en el sur de la isla que se destinan al turismo SI estan dentro del ámbito del decreto a pesar de informaciones erróneas que puedan circular. Por lo tanto dichas edificaciones podrían ser objeto de expediente sancionador si no tienen su pertinente certificado, siempre según el nombrado ponente.

- Se recordó a todos los participantes de la jornada apoyándose en el decreto 235/2013 la obligatoriedad por parte del técnico certificador de realizar una visita de la obra a certificar.

- Sanciones que suponen el incumplimiento de la ley: faltas leves, graves y muy graves que puedan resultar del incumplimiento del propio decreto, pudiendo existir también infracciones en materia de defensa del consumidor con multas de un mínimo de 3000 euros.

vvda certificaciónLa siguiente ponencia de la jornada fue a cargo de D. Javier García Carballo y Dña. Luz Teresa Ramírez Martín del Servicio de Eficiencia Energética y Nuevas Energías del Gobierno de Canarias.

De dicha presentación ha destacado la importante puntualización realizada por Doña Luz Teresa de que los certificados han de registrarse por los técnicos competentes firmantes del certificado. Los propietarios no pueden registrar por si mismos sus Certificados. Se explicaron en detalle determinados aspectos técnicos de la aplicación informática del registro. La comunidad autónoma está preparando la elaboración para su publicación de una lista de técnicos y empresas que ofrecen certificados de eficiencia energética y que el proceso para poder inscribirse en dicha lista debería iniciarse en cuestión de una semana o dos.

Los técnicos de la Consejería han informado de que hasta el día de la ponencia se habían registrado un total de 1200 certificados, con una media diaria de 140 registros.

En el turno de ruegos y preguntas se comentó ampliamente el hecho de los consumos a todas luces exagerados de calefacción que resultan de la aplicación de los métodos oficiales de cálculo para edificios en Canarias a altitudes bajas. Este hecho perjudica enormemente las viviendas en Canarias acarreando un elevadisimo numero de calificaciones con la letra “G” (peor calificación). Los representantes de la Consejería de Industria han reconocido dicha problemática y han indicado que el proceso de certificación sigue en una fase inicial dejando implícitamente la puerta abierta a una eventual modificación de los datos de referencia adecuándose mejor a la realidad en cuanto a necesidad de calefacción en las Islas Canarias.

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